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He decidido preparar ADMINISTRATIVO SIN TEMARIO, ¿Qué NORMAS debería estudiar para la Parte Común?

A modo de sugerencia, centraría mis esfuerzos en las siguientes normas: 


  • La CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA DE 1978.

  • La Ley Orgánica del TRIBUNAL CONSTITUCIONAL 2/1979: exclusivamente en lo relativo a la organización, composición y funciones.

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  • Los Reglamentos del CONGRESO DE LOS DIPUTADOS de 10 de febrero de 1982 y el Texto refundido del Reglamento del Senado aprobado por la Mesa del SENADO, oída la Junta de Portavoces, en su reunión del día 3 de mayo de 1994.

  • La Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del PODER JUDICIAL, en lo relativo al CGPJ y la organización judicial española.

  • La Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del GOBIERNO

  • La Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del CONSEJO DE ESTADO.

  • La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del SECTOR PÚBLICO. 

  • La Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RÉGIMEN LOCAL.

  • El Tratado de FUNCIONAMIENTO de la UNIÓN EUROPEA: instituciones.

  • El Tratado de la UNIÓN EUROPEA.

  • CÓDIGO CIVIL aprobado por el Real Decreto de 24 de julio de 1889: fuentes.

  • La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMÚN de las Administraciones Públicas.

  • El Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del ESTATUTO BÁSICO DEL EMPLEADO PÚBLICO.

  • El Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.

  • El Real Decreto 366/2007, de 16 de marzo, por el que se establecen las condiciones de accesibilidad y no discriminación de las PERSONAS CON DISCAPACIDAD en sus relaciones con la Administración General del Estado. 

  • El Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba al Texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con DISCAPACIDAD. 

  • El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado. 

  • La Ley Orgánica 4/2001, de 12 de noviembre reguladora del derecho de PETICIÓN.

  • La Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la IGUALDAD EFECTIVA de mujeres y hombres.

  • La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la VIOLENCIA DE GÉNERO.

  • La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de DEPENDENCIA.

  • La Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES y garantía de los derechos digitales.

  • El Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 por el que se aprobó el Reglamento Europeo de PROTECCIÓN de DATOS.

  • El Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por MEDIOS ELECTRÓNICOS.


En cualquier caso, como puede apreciarse, son bastantes normas que, junto a las de la Parte Especial, conforman un entramado sumamente complejo de abordar, pues las leyes no son didácticas ni resaltan que contenidos son los más relevantes. Precisamente, es aquí donde el TEMARIO juega un papel fundamental, en cuanto: 


  1. Te permite organizar tu tiempo de estudio, en la medida en que la dimensión de cada tema te ofrece pistas del tiempo que deberías dedicar a ese contenido en particular.

  2. Se centra en los aspectos más relevantes.

  3. El temario tiene un formato claro y directo. 

  4. Un temario te ahorra tiempo y esfuerzo, ya que evita que tengas que buscar la información por tu cuenta o consultar fuentes diversas y en ocasiones, contradictorias.

  5. Un temario te presenta los contenidos de manera mucho más visual, lo cual te ayuda a la hora de memorizar.

 
 
 

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